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 La coordinación docente es imprescindible para asegurar el correcto desarrollo del Plan de Estudios. La puesta en marcha del título implica un esfuerzo de coordinación, que se realizará mediante equipos docentes para materias, módulos y semestres. Desde la Universidad de Cádiz se estimulará además el trabajo en equipos docentes por áreas de especialización y por títulos. La formación de estos equipos debe permitir:

  • coordinar estrechamente la actuación docente y de esa forma los contenidos y los esfuerzos que se piden a los alumnos en un período determinado del curso.
  • compartir materiales docentes, elaborándolos conjuntamente.
  • compartir criterios entre varios profesores para evaluar la adquisición de competencias por los alumnos.
  • aprender del intercambio de experiencias con los demás docentes.

Para poder realizar esta tarea es necesario la existencia de una serie órganos colegiados y de cargos unipersonales que permitan realizar el trabajo con eficacia:

 

 

  • El Equipo de Dirección del Centro, y en particular su Director/a, como principal responsable, le corresponde el establecimiento, desarrollo, revisión y mejora de un sistema de coordinación, incardinados en el sistema interno de gestión de la calidad.
  • La Comisión de Garantía de Calidad del Centro (CGCC) (ver capítulo 9), actúa como vehículo de comunicación interna de la política, objetivos, planes, programas, responsabilidades y logros de los sistemas de coordinación (ver capítulo 9)
  • La Comisión Académica del Máster (CAM), integrada por el Coordinador del Máster, así como un equipo de personas de apoyo de entre los profesores, alumnos y entidades colaboradoras relacionadas con el Máster, para valorar el desarrollo de la docencia y los resultados obtenidos. En la última reunión de esta comisión se elevará un informe final a la Comisión de Garantía Interna de Calidad del Centro
  • El Coordinador del Máster (ver capítulo 9), se encargará de establecer, implantar y mantener los procesos necesarios para el desarrollo de una coordinación efectiva del proceso de enseñanza-aprendizaje en el título.

A. La Comisión de Garantía de Calidad del Centro (CGC) es el órgano de evaluación y control de la calidad de los títulos que se imparten en el centro y, en tal sentido, su labor sirve como apoyo para la gestión de los títulos que son responsabilidad directa de la Escuela. Asesorará a la Dirección del Centro en todas aquellas medidas que afectan al aseguramiento de la calidad de los títulos.

 

 

Las funciones de comisión están recogidas en el “Re lamento de Régimen Interno de la Comisión de Garantía de Calidad (CGC) de la Escuela Politécnica Superior de Algeciras” que son:

 

 

  • Propiciar la mejora continua de los Planes de Estudio de los Títulos del Centro.
  • Contribuir y apoyar en los procesos de Seguimiento y Acreditación de los Títulos del Centro.
  • Verificar la planificación del SGIC del centro, de modo que se asegure el cumplimiento de los requisitos generales del Manual del SGC, de la Política y los Objetivos de la Calidad y de los requisitos contemplados en las guías de verificación y certificación correspondientes.
  • Publicitar, mediante los cauces adecuados, la política y objetivos de la calidad del Centro, así como los resultados de la evaluación periódica de los mismos.
  • Recibir y, en caso de que sea necesario, coordinar la formulación de los objetivos anuales y realizar el seguimiento de su ejecución.
  • Realizar el seguimiento de la eficacia de los procesos a través de los indicadores asociados a los mismos.
  • Controlar la ejecución de las acciones derivadas de la revisión del sistema, de las acciones de respuesta a las sugerencias, quejas y reclamaciones y, en general, de cualquier proyecto o proceso que no tenga asignado específicamente un responsable para su seguimiento.
  • Emitir, al menos una vez al año, un informe sobre el desarrollo de los títulos, así como sobre los distintos elementos que intervienen en que aquéllos tengan calidad contrastada, junto con propuestas de mejora si fuera necesario; elevar este informe al Director para que, haciendo uso de los cauces pertinentes y procedimientos adecuados, se adopten las medidas correctoras que procedan.
  • Estudiar y, si fuera necesario, proponer a los órganos que correspondan la aprobación de la implantación de las propuestas de mejora del SGC sugeridas por los restantes miembros del Centro.
  • Decidir la periodicidad y la duración, dentro de su ámbito de competencia, de las campañas de recogida de encuestas de medida de la satisfacción de los grupos de interés relacionados con los títulos del Centro, en coordinación con la Unidad de Calidad y Evaluación de la Universidad.

B. La Comisión Académica del Máster (CAM), estará integrada por el Coordinador del Máster, los Coordinadores de Módulo, un alumno del Máster. A dicha comisión le competerá el desarrollo y seguimiento del mismo, la evaluación de la aplicación del convenio y la realización de todas las actuaciones de coordinación que se consideren necesarias. Las funciones de esta Comisión serán:

 

 

  • Aplicar los criterios de admisión referidos en la memoria y proponer la admisión de los estudiantes.
  • Proponer la modificación del Plan de Estudios.
  • Proponer la programación docente.
  • Coordinar el calendario y horario anual.
  • Proponer la resolución de reconocimientos.
  • Confeccionar, mantener y actualizar las páginas webs del Máster y asegurarse de que la información correspondiente se transmite a las unidades académicas responsables del mantenimiento de la página web del Máster específica de cada Universidad.
  • Promover y apoyar la movilidad de estudiantes y profesores.
  • Buscar recursos económicos para la realización de las actividades del Máster.
  • Y todas las funciones que le confiera la legislación vigente y los órganos colegiados competentes de las universidades participantes

La CAM deberá reunirse al menos una vez al año para evaluar el funcionamiento del Máster y proponer, si fuera necesario, los cambios oportunos en la organización del mismo

 

 

C. El Coordinador del Máster se configura, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40.4 de los Estatutos de la Universidad de Cádiz, como un órgano unipersonal de gobierno de existencia obligatoria y que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 67.2 c) tienen la consideración de invitados permanentes, con voz y sin voto, de la Junta de Escuela.

 

 

Las funciones, competencias y responsabilidades del Coordinador del Máster se recogen, con carácter general, en el Manual del Sistema de Garantía de Calidad (SGC) de la Universidad de Cádiz, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno 21 de noviembre de 2012.

 

La figura del Coordinador del Máster, es de vital importancia para ayudar al Director en las tareas correspondientes a la implantación, revisión y propuestas de mejora del SGC del título de su competencia.

 

 

El Coordinador del Máster asumirá las competencias de la coordinación académica del título, así como otras que le puedan ser asignadas por delegación del Director. El Coordinador del Máster formará parte del Equipo Dirección de la Escuela.

 

 

Con carácter general, el Coordinador del Máster tiene, con independencia de las responsabilidades que se le indiquen en el correspondiente nombramiento, en la documentación de los procesos o que le sean asignadas posteriormente por el Director de la Escuela, la responsabilidad de:

 

  • Asegurarse de que se establecen, implantan y mantienen los procesos necesarios para el desarrollo del SGC en el título que coordina.
  • Informar a la Comisión de Garantía de Calidad sobre el desempeño del SGC y de cualquier necesidad de mejora.
  • Asegurarse de que se promueve el cumplimiento de los requisitos de los grupos de interés a todos los niveles relacionados con el título.

Respecto a los procedimientos, destacar:

 

  • En el procedimiento P02-03 (Informe de análisis del perfil de ingreso), el Coordinador del Máster, en coordinación con la Comisión de Garantía de Calidad, analizará el perfil de ingreso; deberá, previo análisis de los marcos de referencia relativos a dichos procesos y al estudio de la situación actual del sistema universitario más próximo, del entorno social y del entorno profesional, proponer para debate y aprobación el nuevo perfil de ingreso en el título a la Junta de Escuela; se realizará un informe de resultados que se presenta a la Junta de Escuela conjuntamente con las propuestas de modificación del perfil de ingreso si procede.
  • En el P14-01 (Autoinforme para el seguimiento del Título) se solicita información y propuestas de todos los Departamentos implicados en el título, se recopila, revisa y comprueba la validez de toda la información. A partir de la información disponible se hará el análisis correspondiente realizando las propuestas que considere necesarias para la mejora de los propios procesos del SGC.
  • El proceso PEO4 (Procedimiento para la Planificación, Desarrollo y Mediación de los resultados de la enseñanza), se prepara la documentación e información relacionada con el Máster para el análisis del título con especial atención a los resultados de carácter académico y la revisión las actuaciones y resultados obtenidos en el título, y se reunirá la CGC que elaborará una propuesta para la revisión de la calidad del programa formativo del título. Para la P04-02 (Informe global del título: síntesis de los informes de asignaturas) se mantendrán reuniones periódicas con los Equipos Docentes por curso, así como con los coordinadores de modulo/materia/asignatura al objeto de coordinar y revisar el plan docente, y se consideran las propuestas de mejora que puedan derivarse de los resultados.

Además, se mantendrán reuniones periódicas con los profesores del título, así como con los coordinadores de curso, módulo y asignaturas si los hubiere, con objeto de:

 

  • coordinar la planificación docente;
  • velar por el correcto desarrollo de las enseñanzas;
  • evitar vacíos o duplicidades en los programas de las asignaturas;
  • ritmos y volumen de trabajo exigido al alumnado;
  •  supervisar y garantizar una distribución uniforme de la dedicación temporal de las diferentes actividades en las asignaturas del curso;
  •  potenciar la comunicación entre los equipos docentes.

Los Equipos Docentes de las distintas asignaturas propondrán la actualización anual de la Guía Docente, atendiendo a los objetivos establecidos en esta memoria y a los procedimientos contemplados en el Sistema de Garantía Interna de Calidad (Anexo II: SGIC-UCA).

 

Además los distintos profesores que forman parte de un Equipo Docente mantendrán una coordinación permanente sobre el desarrollo de las actividades formativas y los objetivos alcanzados. Esta coordinación se hará tanto dentro de una misma asignatura si tuviera más de un profesor, como para las distintas materias de un módulo.

 

 

Los profesores deberán elaborar y revisar anualmente las Guías Docentes de las asignaturas, atendiendo a los objetivos establecidos en esta memoria. Las Guías Docentes deberán contener, como mínimo, información acerca de los siguientes aspectos

 

  • Denominación de la asignatura y localización en el Plan de Estudios
  • Objetivos
  • Metodología de Enseñanza/Aprendizaje
  • Requisitos previos de matriculación
  • Contenidos
  • Programación temporal de la asignatura
  • Sistema y criterios de evaluación
  • Bibliografía y recursos

El SGIC contempla mecanismos para la coordinación docente entre los dos Centros que impartirán las enseñanzas.